Si usted tiene preguntas acerca de como reabrir un caso por Indemnización Laboral, lea este artículo para tener más información al respecto y donde puede hacerlo.
Si su caso por Indemnización Laboral ya ha sido resuelto, pero sigue sufriendo de algunas dificultades físicas como resultado de su mismo trabajo, no se sienta solo. Muchos trabajadores con casos por Indemnización Laboral se encuentran en las mismas situaciones.
Reabriendo un caso por Indemnización Laboral
En Carolina del Norte, los convenios a través de Indemnización Laboral tienen una característica importante y única que puede ser extremadamente beneficiosa para trabajadores lesionados. De acuerdo con la ley de Indemnización Laboral de Carolina del Norte, un caso a través de Indemnización Laboral puede ser reabierto si el acuerdo no se realizó mediante un acuerdo decisivo. Todos los convenios deben de ser aprobados por la Comisión Industrial de Carolina del Norte.
Si usted observa su compromiso previo por Indemnización Laboral y dice “mutuo acuerdo” en la parte de arriba o si llegó a un acuerdo a través de la FORMA 26 dentro de la Comisión Industrial de Carolina Del Norte (NCIC, por sus siglas en inglés), usted puede reabrir su caso si reúne las limitaciones del tiempo que se detallan a continuación. Por lo general, los acuerdos mutuos se pueden reabrir sean por fraude o malinterpretaciones.
La ley de Carolina del Norte indica que los acuerdos son generalmente vinculados a través de ambas partes después de ser aprobadas por la Comisión Industrial. Sin embargo, el contenido del lenguaje por el Decreto General §97-47 permite que un laudo final se pueda reabrir, revisar, o modificar dependiendo de la condición del trabajador lesionado. El decreto establece lo siguiente:
“A través de su propia moción o a través del interés de cualquiera de las partes interesadas por un cambio de condición, la Comisión Industrial puede revisar cualquier adjudicación, y en dicha revisión puede hacer que la adjudicación finalice, disminuya o aumente la compensación otorgada anteriormente... pero no se realizará dicha revisión hasta después de dos años a partir de la última fecha de pago por indemnización conforme a una adjudicación bajo este Artículo, con excepción de los casos en que sólo las cuentas médicas u otro tipo de facturas sean pagadas, no se realizará dicha revisión después de los 12 meses a partir de la fecha donde se pagó las últimas cuentas médicas u otras facturas, pagado de conformidad con este Artículo.”
Es importante entender que el decreto tiene dos (2) años de limitación, el cual requiere que estos reclamos con "cambio de condición" se presenten dentro del plazo especificado. Eso significa que un trabajador lesionado puede reabrir un caso que se haya resuelto dentro de los dos años posteriores a la fecha donde se haya hecho el último pago por indemnización. Para casos de sólo reclamos médicos, el tiempo límite es de un (1) año después del pago de la última cuenta médica.
Se puede reabrir un caso por Indemnización Laboral en Carolina del Norte, pero los trabajadores lesionados deben prestar atención a las fechas de acuerdo extrajudicial. Si usted es un trabajador que ha sufrido un accidente en el trabajo y está considerando en llegar a un acuerdo por Indemnización Laboral o ya llegó a un acuerdo por Indemnización Laboral a través de un grado de clasificación por incapacidad, pero tiene preguntas sobre futuro tratamiento médico, contactase con un abogado de Indemnización Laboral. The Bishop Law Firm representa a clientes con casos de Indemnización Laboral en las ciudades de Raleigh, Durham, Rocky Mount, Wilson, Smithfield, Louisburg, Chapel Hill, Roanoke Rapids y alrededores en Carolina del Norte. Llámenos al (919) 615-3095.
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